Velas, FDS y reglamentación aplicable
Tanto si eres fabricante, distribuidor, importador o formulador, la ficha de datos de seguridad (FDS) es un paso obligatorio en el cumplimiento de tus velas. Este documento tiene 16 secciones y cada actor de la cadena de suministro del producto es responsable de la información contenida en él.
Las velas deben disponer de una FDS que incluya la identificación de sustancias, peligros ecológicos y toxicológicos, información sobre componentes o las medidas de seguridad a llevar a cabo. Dependiendo de su posición en la cadena de suministro, los diferentes actores tienen varias obligaciones con respecto a la FDS.
El fabricante es cualquier persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea que fabrica las sustancias (cera) que se emplea para la formulación de las velas. Éste tiene que proporcionar una FDS obligatoria según el reglamento REACH si el producto es peligroso. También si después formula una mezcla de sustancias (como es el caso de las velas) y esta resulta peligrosa o si contiene una sustancia peligrosa en determinados límites específicos.
El distribuidor es cualquier persona física o jurídica establecida en la Comunidad Europea, incluido un minorista, que únicamente almacena y comercializa una sustancia, como tal o mezclada, para terceros. Es muy importante porque está en el medio de la cadena de suministro. Por lo tanto, debe estar en posesión de la FDS, pero también transmitir las medidas de gestión de riesgos apropiadas.
El importador debe hacerse responsable del producto y tiene que hacer que la FDS cumpla con REACH/CLP. El importador también debe respetar las precauciones de peligro dadas en la SDS.
Los importadores de velas en Europa deben tener y adaptar sus FDS y etiquetas en el idioma del país donde venderán la vela para cumplir con los reglamentos REACH y CLP.
Un fabricante de velas puede ser un usuario intermedio si utiliza una cera de un proveedor en una mezcla en su actividad industrial. Luego se convierte en formulador y debe verificar el cumplimiento de la FDS del proveedor y el cumplimiento de los escenarios de exposición, realizar una evaluación de seguridad química y asegurarse de que la información sea compatible. Pero también tiene que crear una FDS para su fórmula posteriormente en el idioma del país de venta con un etiquetado compatible y comunicar a los proveedores cualquier dato nuevo o adicional sobre los peligros de las sustancias.
Puntos clave de cumplimiento para velas y etiquetas
Reglamento CLP
Las velas deben cumplir con el reglamento CLP sobre clasificación y etiquetado y envasado de productos. Este reglamento tiene como objetivo informar a los consumidores sobre los riesgos potenciales y una etiqueta que no cumple puede indicar un producto que no cumple. Cada vela debe tener una etiqueta que indique los identificadores del producto (nombre, sustancias participantes, los riesgos para la salud y/o el medio ambiente (indicaciones de peligro, pictogramas), precauciones de uso y datos de contacto del proveedor.
Notificación al Poison Centre de la ECHA
Dado que las velas pueden considerarse mezclas peligrosas, es necesario declarar la mezcla en el formato PCN (notificación de centros de toxicología). Podemos realizar esta notificación mediante un procedimiento armonizado común a todos los Estados miembros de la UE.
Autoridades de control
Es bueno recordar que las autoridades competentes pueden controlar la conformidad de los productos. Cada país tiene una autoridad competente designada que controla los puntos de venta y puede sancionar a las empresas que venden productos no conformes.
Las consecuencias penales y administrativas pueden suponer sanciones económicas importantes y cierres temporales de las empresas infractoras.
Velas biocidas (BPR y Directiva 98/8/CE)
Las velas que contienen una sustancia activa biocida deberán cumplir con el Reglamento BPR o, en su defecto, con los reglamentos transicionales aplicables en cada estado miembro (Directiva 98/8/CE). Esto es cuando la sustancia activa aún no ha sido aprobada por el Reglamento Europeo de Biocidas (BPR). Normalmente, las velas empleadas como biocidas tienen como finalidad la acción repelente de insectos (TP19) o insecticida (TP18).
Para poder comercializar este tipo de velas repelentes o insecticidas es necesario realizar una notificación o registro biocida antes de la comercialización del producto.
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La asociación IFRA
La Asociación Internacional de Fragancias (IFRA) es una asociación que representa a la industria de las fragancias a nivel internacional. Los fabricantes de velas perfumadas se comprometen a utilizar únicamente sustancias que cumplan las normas y recomendaciones de IFRA.
Estos perfumes cuentan con un certificado IFRA emitido por el fabricante del perfume que acredita que el proceso de fabricación cumple con los estándares de la industria.
Estándares
Antes de ser comercializada, una vela debe pasar toda una serie de pruebas para cumplir con varias normas. En particular sobre la emisión de hollín, la seguridad contra incendios, la calidad de las mechas, el etiquetado o incluso sobre su combustión. Por ejemplo, durante su combustión una vela puede emitir diversas sustancias y partículas que pueden ser nocivas (como las dioxinas o los hidrocarburos aromáticos policíclicos).
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