Cuenta atrás para el Reglamento (UE) 2023/2055: Todo sobre la notificación obligatoria de microplásticos a la ECHA
El marco normativo de la Unión Europea avanza con firmeza hacia el objetivo de reducir la contaminación química. Las empresas que gestionan micropartículas de polímeros sintéticos (SPM) afrontan una obligación legal crítica.
El Reglamento (UE) 2023/2055, que modifica el Anexo XVII de REACH, impone un sistema de reporte anual ante la Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas (ECHA). El primer límite vence de forma inminente, por lo que es imperativo conocer los plazos oficiales y los procesos afectados.
Calendario Oficial de Notificaciones según REACH
Las empresas obligadas deben remitir sus datos técnicos de emisiones a través de la plataforma oficial IUCLID de la ECHA antes del 31 de mayo de cada ejercicio. La normativa establece una implantación progresiva en función de la actividad industrial y comercial de la compañía:
| Fecha Límite de Envío | Sujetos Obligados por la Normativa | Periodo de Datos a Reportar |
| 31 de mayo de 2026 | Fabricantes y usuarios industriales intermedios de SPM en forma de pellets, escamas o polvos, empleados como materia prima en la producción de plásticos. | Estimación de emisiones del año natural 2025. |
| 31 de mayo de 2027 | El resto de fabricantes de SPM y usuarios industriales intermedios que operen con estas sustancias en cualquier instalación industrial. | Estimación de emisiones del año natural 2026. |
| 31 de mayo de 2027 | Proveedores que introduzcan en el mercado de la UE, por primera vez, mezclas con SPM destinas a usuarios profesionales o público general (como medicamentos o productos retenidos en matrices sólidas). | Datos técnicos e información de uso del año natural 2026. |
Procesos Industriales y profesionales bajo vigilancia
La obligación de reportar surge de la liberación potencial de microplásticos durante su ciclo de vida. Los sectores económicos deben auditar de forma estricta los siguientes procesos operativos:
- Transformación y extrusión plástica: Pérdida de granza, polvos o pellets durante las fases de descarga, transporte interno o alimentación de tolvas industriales.
- Formulación de mezclas químicas: Incorporación de polímeros sintéticos en la fabricación de cosméticos, detergentes encapsulados o productos de limpieza.
- Aplicación de recubrimientos industriales: Dispersión y desgaste de resinas plásticas presentes en pinturas, barnices o tintas durante su pulverización o secado.
- Sectores agrícola y deportivo: Fragmentación de coberturas plásticas de fertilizantes de liberación controlada, tratamiento de semillas o el desgaste de granulados de césped artificial.
- Acabado de textiles sintéticos: Desprendimiento de microfibras poliméricas en los procesos industriales de corte, lavado o peinado de tejidos.
Evitar riesgos legales exige recopilar con exactitud las fichas de datos de seguridad y calcular las pérdidas ambientales anuales.
Si deseas verificar el impacto de esta normativa en tu actividad y realizar la notificación, contáctanos y estudiaremos tu caso.
Fuente: EUR_Lex





