La Comisión Europea restringe los micro plásticos añadidos intencionalmente a los productos de acuerdo con REACH.
La restricción se basa en la propuesta de la ECHA como parte de la Estrategia de Plásticos de la UE.
Los pequeños fragmentos de polímeros (micro plásticos) naturales sintéticos o químicamente modificados, que son insolubles en agua, se degradan muy lentamente. Además, los organismos vivos pueden pueden ingerirlos fácilmente, lo cual genera preocupación sobre su impacto general en el medio ambiente y en la salud humana. Los polímeros están muy extendidos en el medio ambiente y también podemos encontrarlos en el agua potable y en los alimentos.
Estos los encontramos en los alimentos que comemos y en el agua que bebemos. Están en todas partes: en los mares, en los ríos y en la tierra.
Una vez en el medio ambiente, no se biodegradan y tienden a acumularse. Son un importante contaminante y una amenaza para nuestro medio ambiente y nuestra salud.
La Agencia y la Comisión han adoptado nuevas medidas para restringirlos cuando los añadimos intencionalmente a los productos, de acuerdo con el reglamento REACH de la UE.
Entre los productos afectados podemos encontrar:
- El material de relleno granular utilizado en superficies deportivas artificiales, la mayor fuente intencional de micro plásticos en el medio ambiente.
- Cosméticos, donde se utilizan micro plásticos con fines como exfoliación, textura, fragancia o color,
- Detergentes, suavizantes, brillantina, fertilizantes, productos fitosanitarios, juguetes, medicamentos y dispositivos médicos, entre otros.
Estas nuevas normas son un paso importante hacia la lucha contra la contaminación producida por este tipo de productos. Con ellas evitaremos la liberación al medio ambiente de aproximadamente medio millón de toneladas de micro plásticos en 20 años.
Esta medida tiene como objetivo evitar la liberación al medio ambiente de 500.000 toneladas de micro plásticos en 20 años.
Si tu empresa utiliza micro plásticos en la fabricación de productos (es decir, sustancias y mezclas), consulta las condiciones de restricción aquí: C_2023_6419_F1_COMMISSION_REGULATION_UNDER_ECT_EN_V5_P1_2620969
Si tienes dudas sobre el Reglamento REACH y sus restricciones contáctanos y te ayudaremos.
Fuente: CE