Las Autoridades Francesas (ANSES) proponen la restricción a la venta en autoservicio de biocidas en Francia
En noviembre de 2022, ANSES publicó su “Dictamen sobre la prohibición de venta en autoservicio de productos biocidas pertenecientes a ciertas categorías”
Como recordatorio, el artículo 76 de la ley EGALIM prevé el establecimiento de medidas que rijan la comercialización de determinadas categorías de productos biocidas. Esto incluye la prohibición de la venta al público en autoservicio. En consecuencia, el Decreto N° 2019-1052 del 14 de octubre de 2019 define las categorías de productos biocidas a prohibir:
- Aquellos productos para los cuales los datos establecen o sospechan la aparición de ciertas resistencias en los organismos diana
- Los productos para los que se han notificado casos de intoxicación involuntaria;
- Otros productos no elegibles para el procedimiento de autorización simplificado mencionado en el punto III del artículo R. 522-16-2 del Código Ambiental.
En particular, ANSES ha realizado un profundo estudio de toxicovigilancia y como resultado propone prohibir la venta en autoservicio de:
- Rodenticidas (TP14)
- Insecticidas o acaricidas (TP18); y
- Pinturas antiincrustantes (TP 21 utilizadas principalmente en cascos de embarcaciones)
Además, la Organización aconseja prohibir ciertos productos para el tratamiento de la madera (TP8) así como ciertos desinfectantes o alguicidas (TP 1 a 5) de forma restringida.
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La administración pública ahora tiene a su disposición todos los datos y la opinión de los expertos de la ANSES para aplicar la ley a través de una orden ministerial. La implementación se discutirá con las asociaciones de fabricantes y consumidores en 2023 y la publicación del decreto está prevista para finales del mismo año.
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Fuente: ANSES