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    El Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas) en España según el Real Decreto 3349/1983: Claves, Tasas y Responsabilidades

    El registro de plaguicidas (incluyendo biocidas) en España es un proceso esencial regulado por el Real Decreto 3349/1983. Este procedimiento garantiza la seguridad y eficacia de estos productos antes de su comercialización y uso en diversos ámbitos, incluyendo la protección de vegetales (fitosanitarios), la desinfección y la conservación.

     

    Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas): Fundamentos Cruciales

    El registro de plaguicidas y biocidas es un proceso fundamental establecido por el Real Decreto 3349/1983 en España. Este procedimiento asegura que estos productos cumplan con los estándares de seguridad y eficacia antes de ser puestos en el mercado.

     

    ¿Qué implica el Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas)?

    El registro implica la presentación detallada de datos sobre la composición, toxicidad y modo de acción de los plaguicidas y biocidas. Las autoridades evalúan estos datos minuciosamente para garantizar su seguridad y eficacia en las aplicaciones previstas.

     

    Responsabilidades en el Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas)

    La autoridad competente para el registro de plaguicidas y biocidas en España es el Ministerio de Sanidad, la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS) y en determinados casos el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA). Estos organismos llevan a cabo la revisión técnica y toma de decisiones basadas en la información proporcionada por los fabricantes y empresas solicitantes.

     

    Proceso de Evaluación y Registro

    1. Presentación de Datos: Los fabricantes deben presentar datos detallados sobre el plaguicida o biocida, incluyendo su composición y propiedades.
    2. Evaluación Técnica: Un equipo de expertos evalúa los datos para garantizar que cumplan con los requisitos de seguridad y eficacia.
    3. Autorización y Registro: Si se aprueba, el plaguicida o biocida se incluye en el registro oficial, permitiendo su comercialización y uso en España.

     

    Tasas Aplicables al Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas)

    El proceso de registro de plaguicidas y biocidas está sujeto a tasas establecidas por las autoridades competentes. Estas tasas varían según el tipo de producto y su uso previsto, por lo que resulta fundamental que los fabricantes consideren estas tasas al iniciar el proceso de registro.

     

    Tipos de Producto Biocida Sujetos al Registro

    Algunos de los tipos de producto biocida más representativos sujetos al registro son los siguientes:

    1. Higiene humana (Tipo de Producto 1): Antisépticos para piel sana
    2. Desinfectantes y alguicidas no destinados a la aplicación directa a personas o animales (Tipo de Producto 2): Incluye productos desinfectantes para superficies, utensilios, etc., utilizados en áreas comunes y hogares así como alguicidas para piscinas y tratamiento de agua no apta para consumo
    3. Higiene Veterinaria (Tipo de Producto 2): Desinfección en entorno ganadero
    4. Industria Alimentaria (Tipo de Producto 4): Desinfectantes para la industria alimentaria, de piensos y de la producción de bebidas
    5. Protectores de maderas (Tipo de Producto 8): Utilizados para proteger la madera contra deterioro causado por microorganismos u otros organismos.
    6. Rodenticidas (Tipo de Producto 14): Productos destinados a controlar roedores.
    7. Insecticidas (Tipo de Producto 18): Productos para controlar insectos, ácaros y otros artrópodos perjudiciales para humanos y animales.
    8. Repelentes y atrayentes (Tipo de Producto 19): Productos repelentes de insectos

     

    En concreto, AEMPS autoriza los plaguicidas que aplicamos directamente sobre la piel humana (TP1 o TP19) o los que sirven para desinfectar en superficies o instrumental (TP2) del área médica. Por su parte, el MAPA autoriza únicamente productos en el TP3 (Higiene Veterinaria) en la desinfección del entorno ganadero. El resto de TP’s los gestiona el MSCBS (Ministerio de Sanidad).

     

    Por otra parte, existe otro procedimiento de autorización basado en una notificación simple (no requiere de respuesta por parte de las autoridades competentes). Esta notificación incluye otros tipos de productos biocidas no sujetos a registro, como los generados in-situ o los destinados a determinados usos (agua potable, antisépticos para piel sana en animales, etc.).

     

    Importancia del Registro de Plaguicidas no agrícolas (Biocidas)

    El registro es vital para asegurar que los productos utilizados en agricultura y desinfección sean seguros y efectivos. Proporciona confianza a los agricultores, personal sanitario y consumidores profesionales y públicos sobre la seguridad y eficacia de estos productos. Además, la comercialización de plaguicidas sin autorización conlleva un delito contra la salud pública por lo que una empresa deberá obtener la autorización de forma indispensable antes de comercializar un plaguicida.

     


    ¿Necesitas registrar tus productos en el registro de plaguicidas en España? Podemos ayudarte, ¡contáctanos!

    Fuente: BOE

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