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    Revisión del Reglamento CLP

    Revisión del Reglamento CLP: Un paso adelante en la protección de la salud y el medio ambiente

    El pasado 23 de abril, el Parlamento Europeo dio un paso crucial hacia la protección de la salud humana y el medio ambiente con la aprobación de la revisión del Reglamento CLP (Clasificación, Etiquetado y Envasado de Sustancias y Mezclas Químicas). Esta actualización del reglamento de 2008 tiene como objetivo principal armonizar la clasificación, el etiquetado y el envasado de sustancias y mezclas químicas en toda Europa, alineándose con el Sistema Globalmente Armonizado (GHS) de las Naciones Unidas.

     

    ¿Qué implica la revisión del Reglamento CLP?

    La revisión del Reglamento CLP trae consigo una serie de cambios significativos que impactarán en la regulación de sustancias químicas en la Unión Europea. Entre los aspectos más destacados se encuentran:

    1. Armonización global: La adopción del GHS como base para la clasificación y el etiquetado de productos químicos permitirá un comercio internacional más fluido al establecer un lenguaje común para comunicar los peligros asociados a estas sustancias. Esto se traduce en una mayor transparencia y comprensión de los riesgos para todos los actores involucrados en la cadena de suministro, desde fabricantes hasta consumidores.
    2. Nuevos criterios de clasificación: Se introducen criterios de clasificación más detallados y actualizados para la evaluación de los peligros químicos. Esto permitirá una mejor identificación y clasificación de las sustancias peligrosas, asegurando una comunicación más precisa de los riesgos asociados a su uso.
    3. Cambios en las etiquetas: Las etiquetas de los productos químicos se renovarán para incorporar pictogramas y frases de peligro estandarizados, haciéndolos más fáciles de entender para los usuarios finales. Además, se establecen tamaños mínimos para las etiquetas, que por el momento deberán seguir siendo físicas.
    4. Información sobre mezclas: Los fabricantes y proveedores deberán proporcionar información más detallada sobre la composición y los riesgos de las mezclas químicas. De este modo,  se facilitará una gestión segura de estas sustancias en todos los ámbitos.
    5. Responsabilidad compartida: La responsabilidad de la clasificación y el etiquetado de productos químicos se distribuye entre fabricantes, importadores y usuarios intermedios. Esta medida busca que todos los actores en la cadena de suministro cumplan con sus obligaciones.

     

    Nuevas clases de peligro:

    El Reglamento CLP introduce nuevas clases de peligro para abordar sustancias químicas que presentan riesgos específicos para la salud humana y el medio ambiente:

    • Disruptores endocrinos: Sustancias que alteran el sistema hormonal humano.
    • Sustancias PBT (persistentes, bioacumulables y tóxicas): Sustancias que persisten en el medio ambiente, se acumulan en los organismos vivos y tienen efectos tóxicos.
    • Las sustancias mPmB (muy persistentes y muy bioacumulables): Sustancias con un alto grado de persistencia y bioacumulación.
    • Sustancias PMT (persistentes, móviles y tóxicas): Sustancias que persisten en el medio ambiente, son móviles y tienen efectos tóxicos.
    • Sustancias mPmM (muy persistentes y muy móviles): Sustancias con un alto grado de persistencia y movilidad, además de ser tóxicas.

     

    Excepciones:

    En el caso de sustancias químicas con múltiples componentes, el acuerdo provisional incluye una excepción de cinco años para los MOCS (materiales de origen vegetal complejo) de plantas o partes de plantas que no hayan sido modificadas químicamente. Esta medida ha sido bien recibida por el sector de fragancias y aromas alimentarios, ya que garantiza la competitividad y sostenibilidad de las empresas que trabajan con aceites esenciales.

     

    Plazos de aplicación:

    La Unión Europea ha establecido plazos para la adaptación al nuevo Reglamento CLP. Sin embargo, es importante destacar que la Ficha de Seguridad (SDS) ya debe contener información sobre las propiedades de alteración endocrina de las sustancias químicas para poder comercializar un producto. Los plazos para el etiquetado son hasta 2025 en sustancias y hasta 2026 en mezclas. Se espera que la ECHA (Agencia Europea de Sustancias y Mezclas Químicas) publique una guía orientativa a lo largo de 2024.

     


    ¿Necesitas cumplir con el Reglamento CLP? ¡Contáctanos!

    Fuente: European Parlamient

    A continuación, podrás encontrar el texto aprobado: CLP_758103_EN

    Imagen: Freepik

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