Nueva actualización de la lista de sustancias activas permitidas en artículos tratados con biocidas
La ECHA ha anunciado una actualización de las relaciones entre las sustancias activas y los Tipos de Producto en los que está permitido su uso en artículos tratados.
La lista de sustancias activas en artículos tratados nos permite conocer qué sustancias activas son empleadas con fines biocidas en artículos. También sirve para saber en qué usos (repelencia, conservación, etc.) está permitida la incorporación de estas sustancias en los productos que comercializamos.
Refrescando la memoria: pero… ¿y qué son los artículos tratados?
Denominamos «artículos tratados» a las mezclas, las sustancias o los artículos tratados con biocidas. Los biocidas protegen a los artículos de organismos nocivos como las plagas, el moho y las bacterias.
Las normas que establece el Reglamento BPR (Reglamento (UE) nº528/2012) regulan los artículos tratados. De acuerdo con el Reglamento, los biocidas podrán introducirse en el mercado (concepto definido como la primera comercialización) después de obtener una autorización nacional o a escala de la UE, y de haber llevado a cabo una evaluación de sus riesgos. A las sustancias activas les ocurre lo mismo, también las deberán aprobar antes de poder utilizarlas en un biocida. Por su parte, los artículos tratados con un biocida no necesitan autorización. Sin embargo, el artículo sólo podrá introducirse en el mercado de la UE si la sustancia activa del biocida queda aprobada para el uso específico.
Las obligaciones relativas a artículos tratados también aplican a los importadores de artículos. Esto supone un cambio importante con respecto a la anterior legislación en materia de biocidas.
Si necesita más información sobre los artículos tratados puede visitar este artículo que publicamos un tiempo atrás: ¿Qué son los artículos tratados?
Si comercializa artículos tratados y tiene dudas sobre el Reglamento de biocidas contáctenos y le ayudaremos.
Fuente: ECHA