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    Deadlines para la actualización de Registros REACH

    Deadlines para la actualización de Registros REACH

     

    La Comisión Europea ha publicado un borrador de un reglamento de ejecución para clarificar el significado de “demoras indebidas” en los Registros REACH.

     

    Este borrador incluye varios escenarios que pueden conllevar la determinación de deadlines para la actualización de Registros REACH sobre expedientes entregados por solicitantes de registro:

    • Un plazo de 3 meses para las actualizaciones administrativas, como un cambio de identidad o estado del registrante.
    • Un plazo de 6, 9 o 12 meses para actualizaciones más complejas. Cambios en la clasificación y el etiquetado de una sustancia sin una clasificación armonizada, cambios en el Informe de Seguridad Química, etc.
    • Un plazo de 3 meses para informar que ha cesado la fabricación o importación de una sustancia.
    • El plazo más largo cuando hay varias razones para actualizar un registro.
    • No hay fecha límite para actualizar la información relacionada con un cambio a un intervalo de tonelaje más bajo. Esto se debe a que este cambio puede ser temporal y no tendría consecuencias negativas para la salud humana y el medio ambiente. Sin embargo, esta actualización debe realizarse «sin demoras indebidas», ya que puede influir en la prioridad de la sustancia para la acción reguladora.

     

    Dado que el principio de «una sustancia, un registro» es el núcleo de REACH, todos los solicitantes de registro son responsables de mantener actualizados los datos que han presentado juntos. Todos los miembros de la Joint Submission deben monitorear la información que podría ser relevante para su registro y demandar una actualización si es preciso.

    Hay casos en los que el solicitante de registro principal necesita actualizar primero su expediente, antes de que los miembros puedan cumplir con sus obligaciones. En estas situaciones, la fecha límite para los solicitantes de registro miembros se establece después de que la ECHA haya confirmado que ha recibido una actualización completa del líder. En general, los miembros tienen tres meses para actuar después de que el cliente potencial haya enviado una actualización con éxito. Sin embargo, si la actualización se refiere al Informe de Seguridad Química, tienen nueve meses.

     

    Por último, se aconseja que las empresas cuenten con procedimientos para el seguimiento e identificación de los cambios que les obligan a actualizar sus Registros. Además, éstas deberían mantener una relación detallada de estos cambios por si las autoridades nacionales de cada país las pudieran requerir.

     


    ¿Necesita actualizar sus registros REACH? ¡Contáctenos!

    Fuente: ECHA

    Imagen: Copyright European Chemicals Agency. For further information, contact us.

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