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    Qué son los artículos tratados

    ¿Qué son los artículos tratados?

    Introducción a su definición, categorías, etiquetado y medidas de acuerdo con el Reglamento BPR.

     

    ¿Cómo definimos los artículos tratados?

    Denominamos «artículos tratados» a las mezclas, las sustancias o los artículos tratados con biocidas. Los biocidas protegen a los artículos de organismos nocivos como las plagas, el moho y las bacterias.

     

    Ejemplos de artículos tratados:

    • Una silicona para la construcción en entornos de humedad que impide la formación de moho
    • Una pintura que contiene un conservante para productos enlatados (mezcla)
    • Un frigorífico que se ha tratado con sustancias para evitar la formación de moho y olores (artículo)
    • Una superficie o loseta para piscinas que evita la proliferación de hongos
    • Un calcetín que contiene fibra de plata para evitar olores (artículo que incorpora un biocida

     

    Las normas que establece el Reglamento BPR (Reglamento (UE) nº528/2012) regulan los artículos tratados. De acuerdo con el Reglamento, los biocidas podrán introducirse en el mercado (concepto definido como la primera comercialización) después de obtener una autorización nacional o a escala de la UE, y de haber llevado a cabo una evaluación de sus riesgos. A las sustancias activas les ocurre lo mismo, también las deberán aprobar antes de poder utilizarlas en un biocida. Por su parte, los artículos tratados con un biocida no necesitan autorización.  Sin embargo, el artículo sólo podrá introducirse en el mercado de la UE si la sustancia activa del biocida queda aprobada para el uso específico.

     

    Las obligaciones relativas a artículos tratados también aplican a los importadores de artículos. Esto supone un cambio importante con respecto a la anterior legislación en materia de biocidas.

     

    ¿Qué no es un artículo tratado?

    Aquellos artículos tratados que tienen una función biocida primaria los consideraremos productos biocidas. Por ejemplo, un producto que en la actualidad se emplea mucho como la toallita antibacteriana es un biocida —y no un artículo tratado— porque su única finalidad es controlar las bacterias.

    Los artículos tratados con gas como único tratamiento biocida no se consideran artículos tratados si no se prevé que queden residuos del tratamiento con gas. Lo mismo ocurre con los locales o los contenedores utilizados para almacenamiento y transporte. Estos normalmente quedan desinfectados, pero no se prevé que queden residuos del biocida que puedan dar origen a otra función en el producto aplicado.

     

    ¿Cómo los categorizamos?

    Podemos dividir los artículos tratados en tres categorías dependiendo de si hacen o no referencia a sustancias activas y a sus propiedades biocidas:

    • No llevan una mención o referencia a propiedades biocidas, por ejemplo, la pintura o la tinta.
    • Llevan una mención relativa a propiedades biocidas, por ejemplo, tejidos tratados con plata con fines antibacterianos.
    • No hacen referencia a propiedades biocidas pero que contienen sustancias activas aprobadas y tienen que ajustarse a los correspondientes requisitos de etiquetado.

     

    En cada uno de estos tres casos, la sustancia activa debe estar aprobada o encontrarse en proceso de revisión.

     

    El etiquetado de los artículos tratados

    El etiquetado es requerido cuando un artículo está refiriéndose mediante claims a las propiedades biocidas especificadas en el artículo 58 del BPR.

     

    Los fabricantes y los importadores de artículos tratados deben asegurar que los productos están correctamente etiquetados. La etiqueta debe ser de fácil lectura, visible y estar escrita en la lengua oficial del Estado miembro en el que lo introduciremos.

     

    Cuando se introduce un artículo tratado en el mercado y este hace referencia a las propiedades biocidas de las sustancias activas que contiene, la etiqueta también debe incluir:

    • una declaración de que el artículo tratado incorpora biocidas
    • la propiedad biocida atribuida al artículo tratado
    • los nombres de las sustancias activas
    • si las hubiera, los nombres de cada (nano-) sustancia biocida seguidos del término «nano» entre paréntesis, y
    • cualquier instrucción de uso pertinente.

     

    ¿Cuáles son las medidas que aplicamos?

    Desde el 1 de marzo de 2017, ya no está permitido que las empresas introduzcan en el mercado de la UE artículos tratados con un biocida (o que lo incorporen deliberadamente) que contenga una sustancia activa que no esté aprobada, esté en proceso de revisión o figure en el anexo I del BPR.

     

    Que un artículo tratado pueda introducirse o no en el mercado dependerá de la situación de la sustancia activa. Podemos considerar cuatro situaciones:

    1. Un artículo tratado puede introducirse en el mercado si la sustancia activa está evaluada y aprobada para el biocida utilizado para tratar el artículo.
    2. Un artículo tratado puede introducirse en el mercado si la sustancia activa está siendo evaluada en el marco del programa de revisión, pero todavía no hay publicada la correspondiente decisión.
    3. Si la sustancia activa no está incluida en el programa de revisión, un artículo tratado podrá introducirse en el mercado siempre y cuando presentase una solicitud de aprobación de la sustancia activa antes del 1 de septiembre de 2016. Si la empresa no presentó una solicitud para esa fecha, el artículo tratado ya no pudo comercializarse después del 1 de marzo de 2017.
    4. Un artículo tratado puede introducirse en el mercado si la sustancia activa figura en el anexo I del RPB (la lista de sustancias que no son motivo de preocupación). Si no se aprueba una sustancia activa o su solicitud de aprobación es rechazada (por ejemplo, debido al impago de la tasa pertinente), los artículos que hayan sido tratados con un biocida —o que lo incorporen— que contenga dicha sustancia activa deberán dejar de introducirse en el mercado en el plazo de los 180 días posteriores a la decisión.

     

    ¿Qué derechos tienen los consumidores?

    Los consumidores tienen derecho a solicitar información sobre el tratamiento biocida de un artículo tratado. Si un consumidor solicita esta información, el proveedor debe proporcionársela en un plazo de cuarenta y cinco días de forma gratuita.

     


    Si comercializa artículos tratados y tiene dudas sobre el Reglamento de biocidas contáctenos y le ayudaremos.

    Fuente: ECHA

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