La gran demanda de desinfectantes para combatir el COVID-19 y la concesión de permisos de emergencia sanitaria han atraído a nuevos proveedores al mercado. A raíz de este suceso se ha incrementado la detección de desinfectantes ilegales en la UE. Es posible que estas compañías no tengan conocimiento previo del marco legal aplicable, y aunque muchas actúan de buena fe, algunas pueden estar cometiendo infracciones.
Un total de 20 estados de la UE han informado del aumento de desinfectantes (de manos) no regulados en sus mercados desde marzo de 2020. En muchos casos informaron de desinfectantes que no tenían la autorización requerida o carecían de un correcto etiquetado. Muchos países indicaron también que muchos productos supuestamente desinfectantes no estaban formulados correctamente y no eran suficientemente efectivos contra virus.
Cuando los Estados miembros consideran que estos productos representan un grave riesgo para la salud de los profesionales y los consumidores, comunican las medidas tomadas en su contra en el Sistema de Alerta Rápida para Productos No Alimenticios (RAPEX). De este modo, garantizan un mercado único seguro en la UE y dan a conocer entre el público tales productos.
En el contexto de la pandemia de COVID-19, algunos estados europeos han aplicado excepciones a los requisitos habituales de autorización de productos biocidas para aumentar y acelerar la producción de desinfectantes. El objetivo principal ha sido el de garantizar que los profesionales de la salud y los ciudadanos tengan un mayor acceso a estos productos.
La ECHA y la Comisión Europea han apoyado a las autoridades nacionales en esto ofreciendo orientación acerca de las sustancias activas que luchan contra la propagación de virus. Con respecto a los productos limítrofes (cosméticos versus biocidas), la Comisión Europea ha publicado documentos de orientación para facilitar la aplicación de la legislación de la UE. Si necesita información detallada sobre estos tipos de producto y sobre cada uno de los Reglamentos de aplicación puede consultar este artículo de Nordiik.
Si usted comercializa desinfectantes y desconoce si está cumpliendo correctamente los Reglamentos de aplicación Nordiik puede ayudarle. Conocemos de primera mano qué requerimientos aplican en cada caso y podemos ayudarle a cumplir con ellos para:
Fuente: European Chemicals Agency
Referencia: ECHA/NR/20/17
No dude en consultarnos si necesita ampliar esta información.